| Sobre el divorcio |
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| Acuerdos importantes en el divorcio |
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| Cómo divorciarse |
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| Definición de conceptos jurídicos |
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Divorcio y separación
Si comparamos el divorcio y la separación, legalmente podemos obtener lo siguiente:
- ambos se pueden realizar a partir del tercer mes desde la celebración del matrimonio
- ya no es necesario separarse primero para divorciarse después, tras la modicación de la ley 15/2005 de 8 julio de la ley del divorcio
- la separación no rompe el vínculo matrimonial, el divorcio sí
- la separación puede ser:
- de hecho: están de acuerdo en separarse o unilateralmente se cesa la convivencia. No liquida el régimen matrimonial, por lo que sería más conveniente realizar una separación judicial que regule las relaciones patrimoniales y con los hijos.
- judicial: existen dos tipos de separación judicial:
- separación de mutuo acuerdo: ambos cónyuges deciden acordar sobre cómo quedarán sus relaciones con los hijos y el reparto patrimonial. Se redacta un convenio regulador que se acompaña a la demanda. Sería equivalente al divorcio de mutuo acuerdo, con la única diferencia de que la separación no rompe el matrimonio.
- separación contenciosa: no se acompaña convenio regulador, el juez decidirá sobre cómo quedará cada cónyuge respecto a los hijos y bienes. Es el equivalente al divorcio contencioso, sin ruptura del vínculo matrimonial.

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